El Consejo de Ministros celebrado el pasado día 30 de marzo aprobó el anteproyecto de ley reforma de determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, existentes en nuestro ordenamiento desde abril de 2003.
Dichas tasas que hasta el momento abonan sólo las empresas a partir de un determinado volumen de facturación a la hora de interponer una demanda civil o contencioso-administrativa o los posteriores recursos, ahora se pretende extender ese copago en la justicia a todas las empresas y a todos los ciudadanos, llegando incluso a duplicar el importe de la tasa.
Otra de las novedades es la inclusión de la jurisdicción social que hasta ahora estaba exenta de la referida tasa, si bien tan sólo referida a la segunda instancia. Por su lado, la jurisdicción penal seguirá sin tener tasas.
Los asuntos de familia o relacionados con la protección de derechos fundamentales, seguirán sin gravarse, así como tampoco tendrán obligación de abonar tasa alguna quellas personas que tengan concedido el derecho a la justicia gratuita y los desempleados.
Con esta regulación el Gobierno pretende recaudar más con las tasas destinando el dinero a financiar el servicio de justicia gratuita (el turno de oficio), a la vez que pretende reducir el exceso de litigiosidad en España.
Las nuevas tasas judiciales quedarán de la siguiente manera:
CIVIL | ACTUAL (€) | PROPUESTA (€) |
Verbal y Cambiario |
90 | 150 |
Ordinario | 150 | 300 |
Monitorio, Monitorio Europeo e Incidente Concursal |
50 | 100 |
Ejecución Extrajudicial |
150 | 200 |
Concurso Necesario |
150 | 200 |
Apelación | 300 | 800 |
Casación y de infracción procesal |
600 | 1.200 |
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO | ACTUAL (€) | PROPUESTA (€) |
Abreviado | 120 | 200 |
Ordinario | 210 | 350 |
Apelación | 300 | 800 |
Casación | 600 | 1.200 |
SOCIAL | ACTUAL (€) | PROPUESTA (€) |
Ordinario y demás modalidades procesales |
0 | 0 |
Monitorio | 0 | 0 |
Suplicación | 0 | 500 |
Casación | 0 | 750 |
A dichas cantidades que son fijas habrá que añadir una variable tal y como viene recogiéndose desde el año 2003.
Asimismo, dicho anteproyecto de ley introduce una nueva tasa por el alta y la modificación de fichas toxicológicas en el registro de productos químicos.
Ester Hernández
Abogada
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